Lote 2 – Nave Industrial en Almazora, Castellón.

Datos de la subasta

La subasta ya ha finalizado

Descripción

Nave o almacén, EN CONSTRUCCION, sin uso específico, situada en término de Almazora, partida Ramonet, con fachada al Camino de Alcora, sin número de policía. Ocupa una superficie de solar de setecientos ochenta y siete metros veintinueve decímetros cuadrados. (787,29 m2) Consta de planta baja y planta alta: la planta baja se destina principalmente a nave o almacén, a zona de escalera y servicios, la planta alta se destina a diversas dependencias auxiliares. El edificio tiene una total superficie construida entre las dos plantas de seiscientos ochenta y seis metros tres decímetros cuadrados y útil de seiscientos sesenta y dos metros noventa y cuatro decímetros cuadrados. Tiene la nave dos puertas para su acceso, la de la derecha mirando la fachada por el Camino de Alcora, para el acceso a la nave o almacén.

Superficie útil: 686,03 m2

Superficie construida: 662,94 m2

Está inscrita en el Registro de la Propiedad de Villareal 3, Tomo, 1050; Libro, 384; Folio: 43; Finca nº 31025

  • Referencia Catastral: 12018000101882
Valor de tasación140.000,00 €
Depósito para participar en la subasta1.000 €

Lote Arrendado: Fin de contrato con la adjudicación

Normas de la Subasta

Se aplicarán las previsiones establecidas en el plan de liquidación aprobado por el juzgado y las normas de la entidad especializada que constan publicadas en el aviso legal de esta web.

La subasta tiene un plazo de 30 días naturales desde su inicio. Se inicia el 17 de noviembre de 2021 a las 12 horas hasta el día 17 de diciembre de 2021 a las 12 horas.

Se trata de una subasta con puja mínima de 5.000 €, no admitiéndose posturas o pujas inferiores a 5.000 €.

Los postores pueden participar en su nombre o en representación de un tercero siempre y cuando lo identifiquen.

Para participar en la subasta se precisa realizar un depósito de 1.000€ por cada lote.

Para que cualquier puja sea válida es necesario haber realizado el depósito sobre el valor de salida, remitir justificante de la transferencia mediante correo electrónico a la cuenta de subastas@grupomss.com y en un plazo no superior a 24 horas la entidad especializada activará la puja para que sea válida.

Cualquier puja que se realice sin enviar el correspondiente justificante de depósito será considerada nula y no podrá participar en la subasta.

Los depósitos deberán de realizarse con una antelación mínima de 24 horas al último día de la subasta, no teniéndose por realizados depósitos posteriores.

Los depósitos serán devueltos una vez formalizada la adjudicación del bien, que se realizará en un plazo no superior a 30 días desde la adjudicación definitiva.

Los bienes se trasmitirán libres de cargas y gravámenes.

Finalizada la subasta, la entidad especializada emitirá certificado acreditando las adjudicaciones y la titularidad de los adjudicatarios, otorgándose acta notarial de cierre de la subasta ante el notario de Valencia, Don Juan Francisco Baixauli Alonso con domicilio en C/Colón, 12, puerta 4, Valencia.

En plazo máximo de 30 días naturales, deberá otorgarse escritura pública de compraventa a favor del adjudicatario o de su representante, quienes vendrán obligados a satisfacer el importe de la adjudicación, los gastos e impuestos dimanantes del otorgamiento de escritura y las cantidades pendientes de pago relativas a IBI, tasas o contribuciones, excepto el impuesto de plusvalía.

Otorgada la escritura de adjudicación, se realizará la devolución de los depósitos a los no adjudicatarios.

El adjudicatario deberá haber satisfecho la retribución de la entidad especializada, que asciende al 5% del importe de adjudicación con anterioridad al otorgamiento de escritura pública, debiendo de constar en la misma acreditado el pago.

El adjudicatario asume y hace suyas todas las normas contempladas en el plan de liquidación y las normas de subasta que constan en este portal de subastas – Aviso legal – y en la documentación adjunta.

Reservas Especiales

La Administración Concursal, por interés y en beneficio del concurso se reserva la facultad de desistir de la venta publica de subasta si el resultado de la misma no satisficiese los intereses del concurso y de sus acreedores, pudiendo optar por la venta directa si se estimase la misma sustancialmente más beneficiosa para los intereses del concurso o incluso podrá optar por ordenar o acordar la repetición de la subasta si las pujas no alcanzasen el valor deseado o cubriesen satisfactoriamente los intereses del concurso. 

Documentación


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